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title: "Mogán aplicará la tasa turística a partir de enero: 15 céntimos por persona y día"
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description: "La cuota, que será aplicada a quien se aloje en establecimientos turísticos, será destinada a la financiación de actividades, servicios o infraestructuras de las zonas turísticas así como a la promoción turística del municipio"
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  - "MOGÁN"
  - "NOTICIAS DE GRAN CANARIA"
  - "ONALIA BUENO"
  - "TASA TURÍSTICA MOGÁN"
  - "TURISMO GRAN CANARIA"
author_name: "NOELIA C. DEL TORO"
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author_bio: "Periodista canaria especializada en análisis político y economía. Licenciada en Periodismo, por la Universidad Complutense de Madrid, y Máster Universitario en Relaciones Internacionales y Comunicación, por la Universidad Camilo José Cela, en la modalidad presencial, inició su carrera en la redacción de El Mundo, hace ya más de 10 años. Su trabajo se caracteriza por un enfoque transversal que combina rigor institucional, sensibilidad social y un profundo conocimiento de la política y la economía canaria."
category_name: "TURISMO"
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category_description: "Toda la actualidad y noticias de Turismo de Gran Canaria"
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# Mogán aplicará la tasa turística a partir de enero: 15 céntimos por persona y día

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*Onalia Bueno y Eduardo Álamo, durante la presentación de la tasa por acción turística de Mogán I Fotos: Ayuntamiento de Mogán*

## La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, ha dado a conocer en rueda de prensa, este jueves 5 de diciembre, la denominada Tasa por Prestación de Servicios y la realización de Actividades derivadas de la Acción Turística y la Obligación de Sostenibilidad (TATOS), que se llevará al Pleno municipal el 12 de diciembre para que pueda comenzar a aplicarse en enero de 2025, tal y como se había anunciado. Se convertirá entonces en la primera tasa municipal de España que grave la prestación por parte del Ayuntamiento de los servicios y la realización singular de actividades sobre acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino.

Onalia Bueno, acompañada por Eduardo Álamo, director general de Gestiona Mogán, mercantil de capital local que tiene encomendado, entre otros, el servicio de recaudación tributaria del Consistorio moganero, explicó que **en nuestro país no existen precedentes de una tasa como la que se presenta**, haciendo referencia a que de momento solo se aplican impuestos autonómicos en Baleares y Cataluña que gravan la pernoctación turística y que han sido aprobados por los Gobiernos Regionales de las mencionadas comunidades, que son los que tienen competencia legal para crearlos y regularlos.

"Las Administraciones locales no podemos aplicar un impuesto a la pernoctación, pero sí una tasa por la prestación de servicios públicos, tal y como nos avala La Ley de Haciendas Locales en su artículo 20", expuso, incidiendo que, además, al tratarse de una tasa y no de un impuesto ésta tendrá un "carácter finalista", es decir, que **lo que se recaude se destinará en su totalidad a la financiación de actividades, servicios o infraestructuras de las zonas turísticas, y a la promoción del destino**. En el caso los impuestos esto no sería una obligatoriedad, pudiendo decidir la Administración pública invertir lo recaudado en la partida que decida según el gasto de la comunidad autónoma.

Onalia Bueno señaló que **esta tasa nace del "hartazgo de tener que soportar el sobreesfuerzo económico" que tiene que realizar la Administración local "para mantener los servicios, espacios públicos e infraestructuras turísticas en unas óptimas condiciones. Y, además, ser capaces de crear nuevos, y adaptarnos a la demandas y preferencias de los turistas para continuar siendo un destino competitivo**. Todo ello, conservando y mejorando también las zonas residenciales". En ese sentido hizo referencia a que los beneficios que genera el turismo –un 35,5 del PIB del Archipiélago y un impacto de veinte mil millones de euros en 2023– no revierten en los municipios turísticos. "Esta situación nos lleva a que estemos infrafinanciados", apuntó, afirmando que Mogán ha decido "dar un paso firme para buscar financiación extra" que permita "reducir o acabar con el déficit presupuestario derivado de la acción turística".

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# La recaudación de esta tasa se destinará exclusivamente a la financiación de actividades, servicios o infraestructuras de las zonas turísticas, así como a la promoción turística

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Así, la primera edil moganera subrayó que hasta ahora los contribuyentes de las tasas que ingresa el Ayuntamiento proceden exclusivamente de los residentes empadronados (21.175 a 1 enero de 2024), pero que esta no es la población total que disfruta de los servicios públicos e infraestructuras del municipio. El total asciende a 48.214 personas, incluyendo la población vinculada no residente –formada mayoritariamente por trabajadores del sector turístico– y la población turística anual, que es de 21.574 personas tomando como referencia la media anual ocupación (73,46%) respecto del total de plazas alojativas del municipio (29.368). Es decir, que un 44,75% de la población total del municipio son turistas que se alojan en Mogán.

**"En Mogán no podemos esperar más y me veo en la obligación como alcaldesa de buscar una fórmula, y la hemos encontrado en esta tasa municipal"**, manifestó, aprovechando para recordar que es una imperiosa necesidad que se reconozca legalmente a los municipios turísticos como tales para que pueda ser posible regular una posible financiación teniendo en cuenta sus especificidades.

La tasa, afirmó, ayuda a "regular los efectos de la acción turística cubriendo el desfase presupuestario que esta misma genera en determinados servicios públicos". "Lo que buscamos es que haya un **principio de equivalencia** entre los costes" y para ello el objetivo es que "los y las turistas que se hospedan en el municipio contribuyan a sufragar los que proporcionalmente les corresponden por los servicios y actividades que disfrutan durante su estancia". De este modo, recalcó, "bajo ningún concepto queremos que sean los vecinos y vecinas los que asuman toda la presión fiscal mediante una subida de tasas". Onalia Bueno también lanzó el claro mensaje de que con esta tasa "Mogán no da la espalda al turismo sino todo lo contrario. Lo abrazamos y lo esperamos con unos servicios de calidad".

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### TATOS comenzará con una cuota de 15 céntimos por persona al día

**El hecho imponible de la tasa es la prestación de los servicios y la realización singular de actividades sobre acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino**, con implicación municipal en atención a la promoción, proyectos medioambientales –economía circular, ciclo integral del agua–, de patrimonio histórico, cultural y del sector primario.

**Los contribuyentes serán aquellas personas que se hospeden en alojamientos turísticos del municipio -complejos hoteleros, extrahoteleros y vivienda vacacional–**. No obstante, **serán los propietarios de estos inmuebles quienes abonarán la tasa al Ayuntamiento de Mogán por periodos semestrales** –del 1 al 20 de abril y del 1 al 20 de octubre– en la Oficina Virtual Tributaria de Gestiona Mogán con un modelo normalizado de autoliquidación.

La cuota se ha determinado tras un estudio pormenorizado en el que se han determinado los costes no financiados de los servicios y actividades afectados por la acción turística y la obligación de sostenibilidad, que ascienden en el municipio este año a 2.716.402, 40 euros. De estos, los imputados a la acción turística son los proporcionales a media anual de ocupación de plazas alojativas (21.575), o lo que es lo mismo, un 44,75% de la población total del municipio.

Por tanto, los costes derivados de la acción turística son el 44,75% de 2.716,402,40 euros, es decir, 1.215.590,07 euros. Esta cantidad se ha dividido entre los 365 días del año, dando como resultado 3.330,38 euros de costes al día, cifra que a su vez se divide por el número total de plazas alojativas ocupadas, 21.575. De ahí se obtiene una cuota tributaria de 0,15 euros por persona al día. Tomando como referencia esta cuota, una familia de cuatro miembros que se hospede durante siete días en un alojamiento turístico de Mogán, abonará un total de 4,20 euros, es decir, 1,05 euros por persona.

Por otro lado, **no se concederá exención ni bonificación alguna en el cobro de esta tasa, estableciéndose la misma cuota independientemente del tipo de establecimiento alojativo**.

### Tasa fluctuante

**La tasa podrá fluctuar anualmente, dependiendo de la media de plazas alojativas ocupadas, es decir, del número de turistas que se hospeden en el municipio, así como de los costes derivados de la acción turística previstos por el Consistorio**. Por ejemplo, si en el Presupuesto de 2026 el Ayuntamiento de Mogán prevé una inversión de 20 millones de euros para la renovación del núcleo turístico de Puerto Rico, la tasa ascendería a 1,14 euros por persona al día.

De los 20 millones de euros, suponiendo que las plazas alojativas ocupadas se mantengan en la media actual de 21.575, es decir, un 44,75% de la población total del municipio, de forma proporcional a la acción turística se le imputarían 8.950.000 euros. La cuota tributaria, por tanto, se obtendría de dividir 8.950.000 euros por los 365 días del año, cuyo resultado es 24.520 euros de coste al día, y esta ultima cifra por las plazas alojativas ocupadas de media, 21.575. Así, la tasa sería de 1,14 euros por persona al día.

Esto supone que el Ayuntamiento de Mogán podría contribuir a financiar esos 20 millones de euros con 8.950.000 euros de la colaboración de los turistas que se hospedan en el municipio y gozan de los servicios, actividades e infraestructuras.

### Respaldo jurídico

- Constitución Española (artículos 133 y 142)
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (art.4)
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (artículo 55 y siguientes)
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (artículo 4, 7, 21, 35, 41, 42, 43, 50, 54, 55, 56, 61, 62)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (artículo 2, 9 15,16,17, 20, 23, 24, 26, 27, 57)
- Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos (artículo 7 y 19)

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Mogán trabaja para implantar la tasa turística por pernoctación en 2025

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