
El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno canario e insta al Estado a hacerse cargo en 10 días de mil menas que han pedido asilo
NOELIA C. DEL TORO
El Tribunal Supremo ha dictado una resolución que exige al Gobierno español que, en un plazo improrrogable de 10 días, asuma la responsabilidad de garantizar el acceso y la permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de un millar de menores migrantes no acompañados que han solicitado asilo en Canarias. El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, ha calificado este fallo como una "gran noticia" para el Archipiélago, subrayando que esta decisión respalda la lucha del Gobierno regional por proteger los derechos de estos menores, quienes han enfrentado la falta de atención estatal.
Clavijo ha destacado que, tras un año y medio de esfuerzos, tanto el sistema judicial como la "política útil" han validado las demandas de Canarias. Este fallo llega justo después de la implementación de un real decreto ley que establece un sistema nacional para la distribución de menores migrantes, modificando el artículo 35 de la Ley de Extranjería.
El presidente ha enfatizado la importancia de que el Tribunal Supremo reconozca la violación de los derechos de la infancia por parte del Estado y su obligación de proporcionarles acogida. Según Clavijo, esta medida cautelar confirma que las demandas de Canarias son justas y necesarias para proteger a niños que huyen de conflictos y situaciones de riesgo. Además, ha elogiado el trabajo de los servicios jurídicos de la comunidad autónoma canaria, quienes han defendido estas posiciones desde el inicio.
Clavijo ha señalado que la aceptación por parte del Estado de los menores solicitantes de asilo, junto con la aplicación del real decreto ley, aliviará significativamente la presión sobre el sistema de acogida en el Archipiélago. Según datos de las ONG, Canarias actualmente tutela a, aproximadamente, 1.345 menores malienses que podrían beneficiarse de esta situación, permitiendo que estos niños pasen a formar parte del sistema de protección nacional.
Asimismo, ha recordado que esta medida asegura los derechos de todos los menores que lleguen a las Islas en busca de protección internacional. En la actualidad, Canarias acoge a 5.810 niños y niñas que han llegado sin la compañía de adultos, una situación crítica que el Gobierno regional ha manejado en solitario, aumentando el número de centros de acogida a 86 en un año y medio.
Colaboración total para el bienestar infantil
El presidente ha afirmado que la combinación de estas dos medidas permitirá reducir significativamente el número de menores no acompañados bajo tutela en Canarias a finales de este año, garantizando a su vez una acogida adecuada para todos ellos. Clavijo ha resaltado que, por fin, se está brindando una respuesta integral al derecho superior de la infancia, gracias a la unidad de la sociedad canaria.
Fernando Clavijo ha asegurado que todos los servicios de la comunidad autónoma colaborarán plenamente con el Gobierno central para facilitar el proceso de acceso y permanencia de los menores en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional, tal como lo ha ordenado el Tribunal Supremo. "Nos hubiera gustado arreglarlo sin ir a los tribunales, pero eso no quita para que ahora hagamos las cosas bien por el interés superior del menor que es como hemos querido hacer las cosas desde el minuto cero", ha explicado.
Las medidas cautelares del Tribunal Supremo se originan a partir de una solicitud presentada por los servicios jurídicos de la comunidad autónoma canaria el 21 de octubre de 2024, en la que se pedía al Tribunal que obligara al Gobierno de España a cumplir con sus obligaciones constitucionales y legales en materia de asilo y protección internacional para los menores no acompañados en Canarias. A pesar de la oposición de la abogacía del Estado, el Tribunal Supremo ha decidido, como medida cautelar, requerir a la Administración del Estado que, en el plazo de 10 días, garantice el acceso y la permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional para aquellos menores que hayan solicitado protección internacional, en colaboración con la comunidad autónoma.
Además, la Sala Quinta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha indicado que, dentro de este mismo plazo, se debe informar sobre las medidas adoptadas, y que, una vez transcurrido el plazo, se decidirá sobre la celebración de una vista pública para evaluar el cumplimiento de la medida cautelar.
El fallo, tras analizar las competencias del Estado y de la comunidad autónoma, concluye que, en la situación actual, el sistema estatal de acogida para menores solicitantes de asilo no ha sido implementado, a pesar de que tienen derecho a ello, lo que es esencial para corregir la situación de hacinamiento en la que se encuentran, incompatible con el interés superior del menor que debe ser protegido.
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