
Un lobby peninsular planta un pulso judicial contra el "arraigo" de 12 años para acceder a vivienda pública en Canarias
JOSÉ LUIS JIMÉNEZ
La política de vivienda en el Archipiélago ha entrado en una fase de judicialización crítica. La reciente aprobación del Decreto 23/2026, que regula el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, no solo ha reorganizado la gestión del parque público, sino que ha desatado una batalla sin cuartel en los tribunales.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ya tiene sobre su mesa el procedimiento ordinario n.º 106/2026, interpuesto por la catalana Asociación Observatori DESCA contra una normativa que pretende poner fin a la era de los sorteos discrecionales para instaurar un sistema de baremación donde el "arraigo" se erige como el factor determinante.
La nueva norma introduce un filtro que ha generado un terremoto político: la exigencia de 12 años de residencia ininterrumpida —o 15 de forma discontinua— para acceder a una vivienda de promoción pública. Para el Ejecutivo regional, esta medida es el único mecanismo viable para estabilizar un sistema de adjudicación históricamente opaco y saturado. Sin embargo, para colectivos sociales como Observatori DESCA, esta cláusula de antigüedad vulnera derechos fundamentales y constituye una forma de discriminación institucional. La resolución de la directora del Instituto Canario de la Vivienda, María del Pino de León Hernández, publicada recientemente, marca el inicio del emplazamiento a las partes interesadas, convirtiendo al TSJC en el árbitro final de un modelo habitacional que, hasta ahora, parecía carecer de reglas claras.
El trasfondo de esta pugna jurídica es la gestión de la vulnerabilidad social, una figura que en la última década ha mutado hasta convertirse en la "patente de corso" definitiva para navegar el sistema administrativo. En el corazón de esta controversia se encuentra el informe de vulnerabilidad, un documento que, si bien nació con una vocación humanitaria de emergencia, actúa hoy como un acelerador de derechos. Quien obtiene esta acreditación no solo accede a la red de protección básica, sino que activa de forma automática una cascada de beneficios: desde el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta de Ciudadanía hasta bonos energéticos, exenciones fiscales y, fundamentalmente, la prioridad absoluta en la baremación de vivienda pública y plazas asistenciales.
El conflicto de fondo radica en la velocidad con la que se consolidan estos derechos frente a la escasez de recursos. La estructura actual permite que una unidad familiar —ya sea migrante o procedente de otras regiones europeas— que aterriza en las Islas y acredita una situación de exclusión extrema, pueda ascender de forma inmediata en las listas de adjudicación, adelantando a residentes históricos que llevan décadas cotizando en el sistema local. Esta inmediatez ha roto el consenso social. Mientras la atención sanitaria universal y la justicia gratuita son derechos garantizados por ley con independencia del origen, el acceso a una vivienda pública es un recurso competitivo y escaso. Aquí es donde surge la fricción: ¿es ético que un residente de reciente llegada con una situación de precariedad extrema tenga preferencia sobre un joven isleño que vive en el subempleo, pero que por contar con una red familiar y un techo precario, no alcanza la calificación de "vulnerable"?
La cifra es reveladora: en las Islas hay una masa ingente de jóvenes atrapados en el mercado laboral precario. Salarios de 1.000 o 1.200 euros son incapaces de competir con un mercado inmobiliario fagocitado por la turistificación y los alquileres vacacionales. Muchos de estos jóvenes no califican como "vulnerables" porque cuentan con un apoyo familiar que les evita la indigencia absoluta, pero están, a efectos prácticos, expulsados del derecho a una vivienda digna. Cuando ven que el sistema asigna el parque público a perfiles que acaban de aterrizar, la percepción de injusticia sistémica se dispara.
Los defensores del decreto argumentan que la exigencia de los 12 años de residencia es la "última trinchera" para proteger a la población local. Sostienen que, en un territorio fragmentado y con recursos dramáticamente finitos, la vecindad y la aportación previa deben ser criterios legítimos de justicia distributiva. Calificar esta medida de "xenofobia institucional" es, a juicio de los sectores cercanos al Gobierno, una forma de ignorar el drama habitacional de los canarios que se ven abocados a la emigración forzosa. El dilema que se plantea es si el sistema público de vivienda debe funcionar como una herramienta de acogida humanitaria universal y automática, o como un mecanismo de protección social y estabilización para la población arraigada que ha sostenido el sistema con sus impuestos durante años.
El Observatori DESCA, sin embargo, sostiene que estas restricciones son "ilegales" y "excluyentes". Argumentan que el acceso a la vivienda no puede condicionarse a un tiempo de residencia sin vaciar de contenido las garantías constitucionales y el propio Estatuto de Autonomía de Canarias. La impugnación ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJC no solo cuestiona la legalidad formal del decreto, sino que desafía la legitimidad moral de un gobierno que intenta poner puertas al campo en un territorio que ha sido, históricamente, una puerta de entrada constante de movimientos migratorios.
La batalla judicial, que ahora se traslada a los juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, es mucho más que una disputa sobre expedientes administrativos. Es el reflejo de una sociedad que ha alcanzado el límite de su capacidad de absorción y que se debate entre la solidaridad inmediata y la necesidad de priorizar a sus propios ciudadanos. El plazo de nueve días para que las partes interesadas se personen en autos es solo el comienzo. Mientras los magistrados estudian la validez del Decreto 23/2026, miles de familias siguen esperando, atrapadas en un laberinto donde el certificado de vulnerabilidad y el tiempo de arraigo se han convertido en los únicos pasaportes válidos para un derecho, el de la vivienda, que en las Islas ha dejado de ser un pilar básico para convertirse en un campo de minas.
La resolución del TSJC marcará el futuro no solo del Registro de Demandantes, sino de la propia política social del Gobierno de Canarias. Si el Tribunal tumba el decreto, el Ejecutivo deberá buscar una fórmula de equidad que no suponga un agravio comparativo insoportable para la juventud isleña. Si, por el contrario, la medida de los 12 años es avalada, sentará un precedente sobre cómo deben gestionarse los escasos recursos públicos en un escenario de creciente presión demográfica y habitacional. Canarias, de forma involuntaria, se ha convertido en el laboratorio donde se está decidiendo el equilibrio entre la universalidad de las prestaciones y el derecho a la protección preferente de quienes han hecho de las islas su hogar permanente durante generaciones.


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