El calendario y las claves para las elecciones a las Cámaras de Comercio de Las Palmas 2026-2027

Los interesados en presentar una candidatura podrán solicitar el censo entre el primer y el tercer día hábil siguiente a la convocatoria oficial, un periodo diseñado para la recogida de avales
OPINIÓN16/04/2026JOSÉ LUIS JIMÉNEZJOSÉ LUIS JIMÉNEZ

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El proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras de Comercio de Canarias se encuentra en un punto de inflexión tras la publicación, el 17 de abril de 2026, de las instrucciones oficiales sobre el acceso a los censos electorales. En el caso de Gran Canaria, la Cámara es un socio clave del Cabildo de Gran Canaria.

La Dirección General de Comercio y Consumo ha establecido un marco normativo estricto para asegurar que la elección de vocales sea transparente y democrática, consolidando un proceso iniciado el 1 de diciembre de 2025 y que se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2027. Tras haber superado con éxito la fase de exposición pública de los censos sin impugnaciones, las cuatro corporaciones (Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote y La Graciosa, y Santa Cruz de Tenerife) se preparan ahora para la fase de presentación de candidaturas.

Para los aspirantes a formar parte de los Plenos, la gestión de los datos electorales está sujeta a fechas críticas fijadas por la resolución del 8 de abril de 2026. Los interesados en presentar una candidatura podrán solicitar el censo entre el primer y el tercer día hábil siguiente a la convocatoria oficial, un periodo diseñado para la recogida de avales.

Una vez que la Junta Electoral realice la proclamación formal de los candidatos, se abrirá una segunda ventana hasta el tercer día hábil posterior a la solicitud para que los aspirantes obtengan los datos necesarios para su propaganda electoral. Es imperativo recordar que cualquier petición de información para la campaña deberá realizarse con al menos cinco días hábiles de antelación al cierre de la misma, el cual se sitúa en la medianoche previa al día de la votación.

La administración regional ha blindado el uso de estos datos mediante una normativa que prohíbe cualquier fin ajeno al electoral, limitando el acceso a la información estrictamente al grupo o categoría del solicitante. Las Cámaras, responsables de facilitar esta información en formato electrónico o papel, deberán comunicar a la Junta Electoral cada entrega de datos en el primer día hábil siguiente a su constitución.

Con esta hoja de ruta, se pretende evitar cualquier tipo de discrecionalidad y asegurar que el trato a los candidatos sea igualitario, reforzando la legitimidad de las futuras juntas directivas que gestionarán el desarrollo industrial y comercial de Canarias en los próximos años.

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