El Cabildo aprueba la Revisión Parcial del Plan Territorial Especial que ordena el corredor del tren que unirá la capital con Maspalomas

El Consejo de Gobierno Insular ha aprobado hoy de forma definitiva el planeamiento para el tramo entre los puntos kilométricos 49 y 56, en San Bartolomé de Tirajana, y ultima el plan de ejecución del tren.
TRANSPORTE23/02/2023JAVIER ROSALESJAVIER ROSALES
El Cabildo aprueba la Revisión Parcial del Plan Territorial Especial que ordena el corredor del tren que unirá la capital con Maspalomas
Esta decisión, adoptada a propuesta de la Consejería que dirige Inés Miranda, supone dar el último paso para culminar el plan de ejecución del tren de Gran Canaria.

El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria ha aprobado hoy de forma definitiva el documento de la 'Revisión Parcial del Plan Territorial Especial de ordenación del corredor de transporte público con infraestructura propia y modo guiado entre Las Palmas de Gran Canaria y Maspalomas (PTE-21), en las zonas de San Agustín-San Fernando de Maspalomas y Tarajalillo-Lilolandia, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana', por el que discurrirá el tren que unirá el Parque de Santa Catalina de la capital de la Isla con Maspalomas.

Esta decisión, adoptada a propuesta de la Consejería de Política Territorial y Paisaje que dirige Inés Miranda, supone dar el último paso para culminar el plan de ejecución del tren de Gran Canaria, que ha sido declarado por el Cabildo proyecto prioritario de interés insular, y al que únicamente le faltaba para poder construirse contar con el planeamiento para el tramo comprendido entre los puntos kilométricos 49 y 56, que hoy ya ha obtenido el definitivo visto bueno del órgano de Gobierno, cuyo acuerdo se elevará al Pleno de la Corporación.

Así, en la misma sesión, el Consejo de Gobierno Insular ha resuelto tomar en consideración el acuerdo del Órgano Ambiental de Gran Canaria, de fecha 23 de septiembre de 2020, por el que se decidió que, como concluye en su texto, "la modificación de planeamiento territorial que ordena el tramo suspendido del PTE-21, entre el PK49 y el PK56, no tiene efectos significativos sobre el medioambiente, en los términos establecidos en el documento ambiental estratégico que firma como evaluador ambiental don Julio Rodríguez Márquez, con fecha julio 2020, y en el que dispone medidas correctoras específicas para minimizar los efectos ambientales advertidos".

El Cabildo aprueba la Revisión Parcial del Plan Territorial Especial que ordena el corredor del tren que unirá la capital con Maspalomas_2
Inés Miranda, consejera de Política Territorial y Paisaje, durante una intervención en el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria.

Del mismo modo, el órgano ha dispuesto dar por contestados los informes y las alegaciones que se presentaron durante el trámite de consulta administrativa e información pública al que fue sometido el documento de aprobación Inicial, en los términos recogidos en el Anexo del Informe Técnico de fecha 1 de febrero de 2023, emitido por el Director de Desarrollo Estratégico del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria del Servicio de Planeamiento, y notificar la respuesta particularizada de las alegaciones a cada uno de los interesados.

Finalmente, el Consejo de Gobierno Insular ha aprobado ordenar la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, así como del contenido íntegro de la normativa de la Revisión Parcial del PTE-21, con indicación de los recursos que procedan. Además, ese acuerdo, junto con todos los documentos que conforman el Plan, deberá publicarse en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria.

Con carácter simultáneo a la remisión de la normativa del instrumento de ordenación para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, se enviarán al Gobierno de Canarias, para su inclusión en el Registro de Planeamiento de Canarias, los planos y el resto de documentos que conforman la información y ordenación del Plan, así como la documentación prevista en la evaluación ambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 155 de la Ley del suelo y de los espacios naturales protegidos de Canarias. Por último, también se remitirá toda la documentación al Consejo Cartográfico de Canarias, de acuerdo a lo establecido el artículo 157.5 de la misma Ley.

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